El papel del orientador ante los expedientes disciplinarios.



El papel del orientador ante los expedientes disciplinarios.



“Ya lo hemos intentado todo”.
Un momento de frustración en mi trabajo es cuando me comunican la incoacción de un expediente disciplinario a un alumno/a con el que he realizando algún tipo de intervención psicopedagógica. Supongo que se han agotado otras medidas educativas, pero sé que, una vez terminado el expediente, la posible propuesta de sanción puede ser la expulsión temporal o definitiva del centro.
“Ya lo hemos intentado todo”, “que se vaya a otro centro porque aquí ya no aguantamos”, “el resto de los alumnos no tienen porque aguantar esto”, son argumentos de mucha presión para un instructor que decide resolver un expediente con una expulsión temporal o definitiva.
Hay muchos tipos de conflictos que pueden motivar la apertura de un expediente disciplinario. Algunos conllevan un elevado grado de riesgo y conflictividad (los graves de verdad), pero muchos provienen de la reiteración de continuas faltas de disciplina o conducta disruptiva (lo que denominamos reiteración de faltas leves de conducta). En casi todos los casos el orientador ha iniciado algún tipo de intervención psicopedagógica con el fin de restablecer la comunicación con el alumno, conocer su soporte familiar, buscar las causas de sus actos y promover alguna respuesta educativa.
Suele tratarse de alumnos cuya historia de fracaso escolar les impide obtener recursos educativos para afrontar los conflictos, que permanecen numerosas horas y jornadas en el aula de convivencia, con expulsiones temporales del centro, perdiendo así la estructuración del trabajo, con el consecuente empeoramiento de la situación.
Que a los alumnos se les expulsa de los centros es una realidad más propia de los centros de secundaria urbanos. Pero la apertura de expedientes disciplinarios en cursos más bajos, donde hace años era impensable, es una realidad que va en aumento. Hace unas semanas, el 14 de noviembre, La Voz de Galicia publicaba:

¿Es necesario utilizar el expediente y la expulsión como respuesta a las conductas graves de indisciplina?.  La realidad es que los docentes se ven abocados a promover expulsiones por la ineficacia o falta de estrategias de gestión y control, y otras razones. Si la medida es efectiva o contraproducente, por generar aún más abandono escolar, es un debate que siempre está abierto. Pero ahí está la medida, y se seguirá utilizando, nos guste o no.
¿Hay alternativas?
Expulsar o cambiar al alumno de centro, no es la respuesta educativa deseable, ya que no suele ir acompañada de recursos ni de un plan de apoyo. Véase el grado de aflicción de la mayoría de los instructores. Pero es un “desahogo” para el alumnado y para el profesorado que soporta la disrupción. Nuestro papel es convencer de que se deben agotar todas las vías constructivas de respuesta y, sólo si no han sido exitosas, es razonado utilizar los recursos administrativos. La normativa nos salvaguarda, pero por sí sola no soluciona los problemas, en todo caso ayuda a combatir los síntomas. Nosotros los orientadores debemos “tener algo en la manga” y transmitir que casi siempre hay alternativas. No olvidemos que un expediente se puede resolver proponiendo otras medidas diferentes a la expulsión.
El papel de la familia.
Tanto la familia como la escuela se necesitan, sin embargo, a veces esta relación no es fácil. Existe un cierto temor, por ambas partes, de la posibilidad de ser culpadas de los problemas que el alumno/a manifiesta. Ese temor desaparece cuando, durante el proceso, son los padres los que piden ayudan y manifiestan haber perdido el control de la situación. Aquí entra de nuevo la posibilidad de que el orientador intervenga aunque se pregunte: ¿dónde están el educador social  y el educador familiar para ayudarme?
Los expedientes disciplinarios pueden ser una oportunidad para abrir el canal de la comunicación y conocer el nivel de implicación de la familia según su actitud ante el conflicto, su grado de colaboración y su grado de influencia sobre el hijo/a. Cada familia es diferente, por eso debemos trabajar diferente para diferentes familias. En palabras de Joan Vaello¹,  hay que utilizar diferentes estrategias según el tipo de familia: “Hacer presentes a los ausentes”, “convertir a los hostiles en colaboradores” y “ayudar a los que no pueden con sus hijos” o a los que se sienten impotentes. Por ejemplo, podemos buscar el compromiso de los padres planteándoles  “¿qué proponen ustedes?”, “vamos a probar lo que ustedes proponen, y si no resulta, llevaremos a cabo lo que nosotros proponemos”. O transmitiéndoles: “queda poco tiempo para colaborar juntos en la educación de su hijo/a, después lo tendrán que hacer ustedes solos”. Así que no hay tiempo que perder.
¿Cuál es entonces el papel del orientador cuando se inicia un expediente?
El orientador puede acompañar al instructor durante todo el proceso, si tiene tiempo.  Un posible esquema de intervención podría ser el siguiente:
1º Información y análisis: Qué está sucediendo realmente y cuáles son las causas inmediatas y profundas que originan esta situación.
2º Proceso educativo: Clarificar qué comportamientos esperamos que puede cambiar el alumno y cómo vamos a potenciarlos.
3º Medidas: Qué vamos a hacer si no se cumplen las reglas del juego.
La primera tarea no es fácil. Puede ayudar a valorar la situación desde una perspectiva psicopedagógica, intentando clarificar si se trata de una simple rebeldía o un trastorno de conducta, acotando lo que sucede realmente y cuáles son las causas.
La segunda tarea requiere una selección de objetivos y estrategias a corto plazo, en las que el orientador puede ofrecer un abanico de posibilidades.
En la tercera el orientador puede asesorar la adecuación entre faltas y sanciones en cada caso concreto, pero ha de tener cuidado de no convertirse ni en el agente disciplinario ni en “el abogado defensor” del alumno. Ha de ser un observador objetivo y promover a los instructores opciones alternativas a la expulsión, o sanciones acompañadas siempre del refuerzo de conductas alternativas, sin olvidar la implicación de los padres.
Para orientarnos podemos tener en cuenta el esquema de medidas que nos propone Juan De Vicente Abad²:
  • Medidas sancionadoras: Simples castigos sin modelos alternativos de conducta, que ponen el foco en la conducta negativa. Aunque en ocasiones son necesarios, su valor educativo es limitado y sus efectos poco duraderos.
  • Medidas reparadoras: Destinadas a la reconstrucción del daño causado. Estas medidas buscan que el alumno tome conciencia de los efectos causados por su conducta y los transforme en acciones positivas para intentar devolver la situación a las condiciones iniciales.
  • Medidas reeducativas: Para aquellos alumnos que incumplen constantemente las normas, mediante programas específicos que desarrollen sus competencias emocionales y su conciencia moral.
  • Medidas preventivas: Destinadas a desarrollar habilidades socioemocionales de todo el alumnado y a mejorar la gestión de las aulas.
Algunas de estas conocidas medidas, alternativas a la expulsión, que se llevan a cabo en los centros son:
  • Cambio de aula temporal o definitivo.
  • Tareas fuera del horario escolar, por ejemplo asistir al aula de convivencia con un plan de trabajo, fuera del horario lectivo del alumno, con la disponibilidad de un profesor de guardia. Sé que estáis pensando en los recreos, pero hace poco me encontré con un centro de secundaria en una zona urbana, donde el profesorado organizaba guardias dos tardes a la semana para atender el aula de convivencia fuera del horario lectivo con los alumnos sancionados.
  • Pasar el tiempo de expulsión en el aula de convivencia durante el horario lectivo, en vez de en casa, con supervisión de tareas por parte de sus profesores.
  • Pasar determinados períodos de recreo en aula de convivencia o jefatura de estudios, y realizar los recreos en otra franja horaria con supervisión.
  • Promover en el alumno la restauración del daño realizado. Esta es una buena medida para los procedimientos conciliados. Se trata de que el alumno se implique en alguna acción reparadora, o de servicio a la comunidad.
  • Derivar el caso al equipo de mediación del centro, cuando lo hay.
  • Asistir a un taller para entrenar las habilidades sociales y de comunicación, en el aula de convivencia.
  • Estrategias de modificación de conducta como contratos – compromiso de conducta, autorregistros de conducta con la consiguiente elaboración de un “reglamento” personal.
  • Asistencia durante unos días a clase con los alumnos mayores del centro, con el fin de obtener un modelaje positivo.
  • Tutoría individual: Asignar a un profesor para que haga tutor en el centro para el alumno, durante el tiempo que se estime oportuno, el cual servirá de soporte a su conducta mediante el seguimiento y la comunicación continuada.
  • Contratos de aula para grupos problemáticos, con la implicación y seguimiento de sus profesores.
Un capítulo aparte habríamos de dedicar a los programas preventivos, como:
Para concluír y por aportar una pequeña y  breve experiencia os contaré que hace unos años, aquellos en los que no se sabía muy bien lo que era un orientador, me asignaron la instrucción de un expediente. Parecía un caso fácil, alumno mayor de 18 años, estudiante de Formación Profesional, con un normal rendimiento académico, con un comportamiento disruptivo al que se le “pilló” vendiendo y  fumando “porros” en el centro. Pero no fue fácil. La “consigna” era expulsarle del centro, con lo que tendría que seguir estudiando a muchos kilómetros de su domicilio, o expulsarle temporalmente durante un mes, lo que significaba perder un trimestre de sus estudios. Desde luego la situación requería una intervención educativa a largo plazo, y el expediente sirvió de punto de partida. La expulsión estaba más que justificada aunque no perdí la oportunidad de probar otras opciones. Las medidas fueron únicamente reeducativas, entre otras, asistir a sesiones formativas en un centro de prevención y tratamiento con su posterior reflexión personal, preparar e impartir a sus compañeros de clase una sesión sobre el tema en cuestión,… . Se llevaron a término, con mucha dificultad. Recuerdo que al proponérselas el alumno dijo que prefería la expulsión antes que hacer todo eso. El alumno siguió estudiando, su disrupción disminuyó, su autoestima mejoró, la familia se implicó, el profesorado colaboró. Bueno, eso creí yo, pero sí que nos esforzamos mucho en buscar una alternativa  a la expulsión. Lo mejor fue que a continuación tomó forma en el centro la necesidad de implementar un programa de prevención de drogodependencias, en el que se implicaron varios organismos externos.
La palabra “disciplina” proviene de la misma raíz latina que “discípulo” y hace referencia a la acción de enseñar. La disciplina debe basarse en principios positivos: premiar, apoyar y valorar lo que se haga de bueno. El orientador puede ayudar a transformar el expediente disciplinario en un proceso educativo, donde el alumno tenga la oportunidad de hacer su propia introspección y reflexionar sobre la situación. Y el instructor, si los plazos se lo permiten, puede convertirse en mediador entre el alumno y su entorno. Es sorprendente como los alumnos en la conversación privada con un adulto muestran sus aspiraciones e inquietudes. Este es el momento de prestarles la verdadera atención que demandan y no olvidar que cada conflicto es una ocasión para enseñar y aprender.
¹Vaello Orts, J. (2007). Cómo dar clase a los que no quieren. Barcelona: Grao.
²De Vicente Abad, J. (2010). 7 Ideas clave. Escuelas sostenibles en convivencia. Barcelona: Grao.


Orientadora Educativa en IES A Sardiñeira (A Coruña)
FUENTE

Comentarios